Impacto de ganancias sobre indemnizaciones y gratificaciones de ejecutivos. El criterio de la circular de AFIP 4/21

Impacto de ganancias sobre indemnizaciones y gratificaciones. La nueva circular de AFIP establece el criterio a tener en cuenta.

La circular 4/21 de la AFIP indica cómo repercute el impuesto a las ganancias sobre indemnizaciones y gratificaciones.

La nueva Circular 4/21 de la AFIP aclaró cual es -a su criterio- el impacto que tiene el Impuesto a las Ganancias sobre las indemnizaciones y las gratificaciones que perciben los trabajadores con motivo del cese de la relación laboral. Se aclara que:

Se encuentran excluidas del Impuesto a las Ganancias las indemnizaciones o gratificaciones abonadas con motivo de la desvinculación laboral a empleados que no se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos

Se encuentra gravado el monto que exceda los importes indemnizatorios del art. 245 de la LCT, las indemnizaciones o gratificaciones abonadas con motivo de la desvinculación laboral a empleados que se desempeñan en cargos directivos y ejecutivos.

Están alcanzadas por el impuesto, las sumas abonadas por el empleador en ocasión de la desvinculación laboral por conceptos devengados con motivo de la relación laboral (vacaciones no gozadas, sueldo anual complementario, bonificaciones convencionales, indemnización por preaviso, sueldos atrasados, entre otros).