Ordenan reconocerle un salario mayor a un empleado al que habían excluido del convenio

Lo habían categorizado como "jerarquizado", pero cumplía tareas encuadradas en el acuerdo colectivo; la Justicia determinó el pago de diferencias

Definir un puesto laboral con un nombre "pomposo o rimbombante" no hace necesariamente que quien lo ocupe quede al margen de las disposiciones del convenio colectivo de la actividad. Así lo avisaron los magistrados de una de las salas de apelaciones de la justicia laboral, que advirtieron que las empresas sólo pueden categorizar a sus empleados como "fuera de convenio" cuando éstos cumplen efectivamente una tarea de nivel jerárquico que sea "ajena a las contempladas" o bien que esté expresamente excluida de ese marco de reglas laborales sectoriales.

Los argumentos están expuestos en el fallo del expediente "Gómez, Gastón Horacio c/Abbott Laboratories Argentina s/despido", en el cual se le ordenó a la compañía reconocer las diferencias salariales al trabajador, por haberlo considerado fuera de convenio cuando en realidad, por el trabajo realizado, se lo debió haber encuadrado dentro de una de las categorías previstas en el convenio de la actividad. Las diferencias se refieren tanto a los salarios del período en que la persona estuvo trabajando como a la indemnización, ya que la medida judicial cambia la base de cálculo.

"De haber estado [el trabajador] en alguna de las categorías del convenio colectivo aplicable, habría ganado un sueldo mayor", explicó Diego Gonnelli, abogado del demandante. Agregó que el fallo ordena aplicar la indemnización agravada que la ley prevé para casos en que hay un registro deficiente. La sentencia fue firmada por los jueces Enrique Brandolino y Daniel Sortini, de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

La situación está vinculada con las estrategias que varias empresas tomaron frente a la inflación de los últimos años. Durante algunos períodos, los salarios sujetos a las negociaciones con los sindicatos subieron más que los cobrados por quienes están fuera de convenio. Eso provocó un efecto llamado "solapamiento", que significa que en una empresa hay empleados jerarquizados que cobran menos que aquellos a quienes deben supervisar. El problema fue bastante significativo desde fines de la década pasada y hasta aproximadamente 2013, según los relevamientos de consultoras como Mercer, PwC y Towers Watson.


Aquellas situaciones también habían sido objeto de reclamos judiciales y, en 2012, la Sala VIII de la cámara laboral había determinado, en la causa "Pietsch, Graciela c/Walmart Argentina", que resultaba discriminatorio otorgarle al personal no amparado por los acuerdos incrementos inferiores a los acordados para los convencionados. En aquel caso, de todas formas, se reclamó por esa falta de reconocimiento a la hora de la suba salarial, pero no se había cuestionado que la reclamante estuviera fuera de convenio.

En el caso del demandante del litigio con fallo reciente (Gómez), los jueces entendieron, basándose en declaraciones de testigos, que la categorización de "analista" que le había asignado el empleador no se correspondía con las funciones cumplidas, que en realidad eran -según cita el escrito judicial- las de un operario de depósito. La de analista es una de las tareas excluidas expresamente del convenio 42, del cual es firmante el sindicato de la sanidad y que regula las relaciones laborales en los laboratorios medicinales.

Según Gonnelli, este tipo de juicios es frecuente desde que las negociaciones colectivas prevén determinados aumentos salariales, mientras que para los que están fuera de convenio "el piso queda fijado por el salario mínimo, vital y móvil y el trabajador no tiene representación sindical que luche por su ingreso". El abogado agregó que, en estos reclamos, es el trabajador el que debe probar que las tareas a su cargo no están excluidas del convenio colectivo.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/1968702-ordenan-reconocerle-un-salario-mayor-a-un-empleado-al-que-habian-excluido-del-convenio

MARTES 20 DE DICIEMBRE DE 2016

Silvia Stang